Por el cual se adiciona el marcado con el número 302 de 1935

Rango Decreto
Publicación 1935-09-17
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 2° queda en estos términos adicionado el decreto número 302 de 1935.

Artículo 3°. El presente Decreto deberá someterse a la aprobación del señor Contralor General de la Republica.

Dado en Bogotá a 28 de agosto de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Guerra.

Marco A. AULI

El controlador General de la Republica

Plinio MENDOZA NEIRA

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