Por el cual se modifica la distribución del presupuesto del Ministerio de Agricultura y Comercio, hecha por el Decreto número 419, de 7 de marzo último
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le otorga la Ley 100 de 1931,
DECRETA:
Artículo único. Disminúyese en la cantidad de tres mil pesos ($ 3,000) la apropiación de seis mil pesos ($ 6,000) destinada "para pagar el auxilio mensual del Instituto de San Bernardo," y auméntase en la misma suma la partida señalada para "estudios de regadíos en el país."
En estos términos queda modificado el Decreto número 419 de 7 de marzo último. Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de septiembre de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Agricultura y Comercio,
Guillermo LONDOÑO MEJIA
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