por el cual se reduce una partida del Presupuesto y se destina el saldo para la reorganización de un servicio

Rango Decreto
Publicación 1911-03-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confieren la Ley 59 de 1910 y el artículo 6.° de la Ley 85 del mismo año,

DECRETA:

Redúcese del artículo 314 del capítulo 55 del Presupuesto nacional la suma de quinientos pesos ($ 500) oro, é incorpórase el saldo de cinco mil quinientos pesos ($ 5,500) oro en el artículo 330 det capítulo 56 del mismo Presupuesto, para atender á la reorganización de la Escuela Nacional de Minas.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá á 18 de Febrero de 1911.

GARLOS E RESTREPO

El Ministro de Instrucción Pública,

PEDRO M. CARREÑO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.