Por el cual se crea un puesto y se hace un nombramiento en el ramo de Obras Públicas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que la organización del Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales demanda la ejecución de trabajos preliminares que requieren la creación de un empleado especial que los atienda,
DECRETA:
Artículo 1° Mientras el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales provee lo conveniente, créase el cargo de Secretario de dicha entidad, con la asignación mensual de trescientos pesos ($ 300), que se pagarán por la Caja del Ferrocarril Central del Norte, secciones segunda y Sur.
Artículo 2° Para desempeñar el cargo a que se refiere el artículo anterior, nómbrase al señor Roberto Herrera de la Torre.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de septiembre de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Obras Públicas,
Alfonso ARAUJO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.