por el cual se modifica el Decreto 2131 de 1991

Rango Decreto
Publicación 1992-10-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, uso de sus facultades constitucionales, en especial las que le confiere el ordinal 25 del Artículo 189 de la Constitución Política y con sujeción a las pautas generales previstas en articulo 6°de la Ley 07 de 1991 y en el artículo 3° de la Ley 6ª de 1971,

DECRETA:

Artículo 1º El artículo 19 del Decreto 2131 de 1991 quedara así: En los terrenos de las Zonas Francas podrán instalarse empresas que se sometan, para todos los efectos, a la legislación existente en el resto del territorio aduanero nacional. Los terrenos destinados para ello serán separados físicamente mediante valla infranqueable de los demás terrenos donde si se aplique el régimen especial de Zona Franca.

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y Cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 26 de octubre de 1992.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodríguez.

El Ministro de Comercio Exterior,

Juan Manuel Santos C.

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