Por el cual se crean en el Ministerio de Guerra (Gabinete del Ministro) algunos puestos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades legales, y de las extraordinarias qué le confiere la Ley del presente año,
DECRETA:
Artículo 1° Créanse los siguientes puestos para el Ministerio de Guerra (Gabinete del Ministro).
Asesor del Ministro para cuestiones militares, que será desempeñado por un Oficial superior.
Inspector General de Aviación, que será desempeñado por un Oficial superior.
Secretario Privado del Ministro, con una asignación de $ 160 mensuales.
Mensajero del Ministro, con una asignación mensual de $ 50.
Artículo 2° Nómbrase a las siguientes personas para desempeñar los puestos de que anteriormente se hace mención:
Asesor del Ministro para cuestiones militares, al señor Teniente Coronel Eduardo Leongómez.
Inspector General de Aviación, Mayor Abraham Liévano.
Secretario Privado del Ministro, señor Enrique Duarte.
Mensajero del Ministro, Antonio José Pinzón.
Artículo 3° Nómbrase Jefe de Correspondencia del Gabinete del Ministro a la señorita Adela Guzmán, en reemplazo de, la señora Isabel de Escobar, cuyo nombramiento se declara insubsistente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de junio de 1930.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Guerra,
Plinio MENDOZA NEIRA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.