DECRETO 1837 DE 1931
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
Que el Secretario, el Jefe y el Subjefe del Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores están obligados a hacer gastos de representación para el desempeño de sus respectivos cargos, y que las rebajas que han sufrido los sueldos de dichos funcionarios no les permiten efectuarlos,
DECRETA:
Desde el 1° de los corrientes, el Secretario, el Jefe y el Subjefe del Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores, disfrutarán para gastos de representación, de las partidas de $ 45, $ 30 y $ 20, respectivamente. Dichas sumas se imputarán al artículo 78 del capítulo 21 del Presupuesto de la actual vigencia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de octubre de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Relaciones Exteriores,
R. URDANETA ARBELAEZ
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