disponiendo que el Secretario de Hacienda i Fomento de la Unión se encargue accidentalmente del despacho del Tesoro i Crédito nacional
decreto:
Art. único. Mientras se posesiona el señor doctor Pedro Justo Berrío del destino de Secretario del Tesoro i Crédito nacional i por el tiempo que lo permite la lei, quedará encargado de ese despacho el Secretario de Hacienda i Fomento.
Comuníquese.
Dado en Bogotá, a 3 de abril de 1868.
Sántos Gutiérrez.
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,
Santiago Pérez
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