por el cual se aumenta el Resguardo de la Aduana de Sabanilla

Rango Decreto
Publicación 1871-06-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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Aceptando las ideas emitidas por el Administrador-Tesoro de la aduana de Sabanilla en el informe número 90 dirijido con fecha 26 de marzo último a la Secretaria de Hacienda i Fomento, sobre el probable crecimiento del comercio de importación i esportacion por aquel puerto, ya por la cesación de la guerra franco-prusiana, ya por la circunstancia de que la mayor parte de los negociantes de Barranquilla representa capitales alemanes, así como por la facilidad i seguridades que ofrecen al desarrollo del comercio el ferrocarril de Bolívar i las dos nuevas líneas de vapores de Bremen i de Hamburgo; de acuerdo con los solicitado en dicho informe,

Decreta:

Art. 1.° Auméntase el Resguardo de la Administración de la Aduana de Sabanilla con cinco guardas de a pié, los cuales tendrán el sueldo de doscientos setenta i ocho pesos ($ 278) anuales cada uno.

En consecuencia, el personal de ese cuerpo será el siguiente:

1 Jefe con $ 1,000
2 Cabos montados, a $ 432 861
8 Guardas montados, a $ 360 2,880
5 Guardas de a pié, a $ 278 1,390
1 Piloto. 432
4 Remeros, a 288 1,152
$ 7,718

Art. 2.° Queda en estos términos reformado, en la parte correspondiente, el decreto de 12 de diciembre de 1868, inserto en el "Diario Oficial" número 1,412.

Dado en Bogotá, a 30 de abril de 1871.

EUSTORJIO SALGAR.

El Secretario de Hacienda i Fomento,

Salvador Camacho Roldan.

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