por el cual se asigna una suma para material de la Administración subalterna de Hacienda de Sirguasá,i Sismosá

Rango Decreto
Publicación 1872-06-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA,

Visto el artículo 17 de la lei de 13 de junio de 1866, orgánica del servicio de correos,

decreta:

Art. 1.° Asígnase la suma anual de treinta pesos ( $ 30) para gastos de material de la Administracion subalterna de Hacienda nacional de Sirguasá, unida a la Inspeccion de las salinas de Sirguasá i Simosá Esta asignacion es pagadera desde 1.° del próximo setiembre.

Art. 2.° Téngase presente este decreto en la liquidacion i formacion de los respectivos Presupuestos nacionales.

Art. 3.° Queda reformado el decreto de 4 de enero último.

Dado en Bogotá, a 13 de junio de 1872.

El Secretario de Hacienda i Fomento,

Aquileo Parra.

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