que reforma el de 16 de agosto del mismo año, orgánico de la fuerza pública
el presidente de los estados unidos de colombia,
Vísta la nota oficial del Comandante en jefe de la Division, fecha 15 de los corrientes, número 535, en que propone que se aumente hasta setenta el número de los individuos de las bandas de música,
decreta :
Art. 1.° Elévase a setenta el número de los músicos de las dos bandas de la Division. En consecuencia, la Comandancia en jefe procederá a contratar los veinte que se aumentan, asimilándolos, para los efectos del pago, a las clases de Soldado hasta Sarjento primero.
Art. 2.° Queda en estos términos reformado el artículo 2.° del citado decreto de 16 de agosto del corriente año.
Dado en Bogotá, a 16 de octubre de 1872.
- M. MURILLO.
El Secretario de Guerra i Marina,
- M. Abello.
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