en que se fija una suma anual para gastos de material de la Administración subalterna de Hacienda nacional en Ocaña

Rango Decreto
Publicación 1873-08-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 1
Historial de reformas JSON API

El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

Visto el oficio dirijido por el Director jeneral de correos nacionales a la Secretaría de Guerra i Marina en 1.° del mes en curso, número lll, en que solicita se asigne una cantidad para material de la Administracion subalterna de Hacienda de Ocaña, en razon de que ésta es una oficina importante i por la que se despachan seis correos mensuales;

En uso de la atribucion que confiere al Poder Ejecutivo el artículo 17 de la lei de 13 de junio de 1866, orgánica del servicio de correos,

DECRETA:

Art 1.° Asígnase para material de la Administracion subalterna de Hacienda nacional de Ocaña, la suma anual de cincuenta pesos, pagadera desde 1.° de setiembre próximo entrante.

Art. 2.° Inclúyase la suma espresada en el artículo anterior, en la liquidacion del Presupuesto de gastos de 1873 a 1874.

Dado en Bogotá, a 1.° de agosto de 1873.

El Secretario de Guerra i Marina,

Eustorjio Salgar.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.