Por el cual se dicta una disposición relacionada con el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales

Rango Decreto
Publicación 1931-10-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que debido a la creación del Consejo Administrativo de los ferrocarriles nacionales, y por razón de las economías llevadas a cabo en el Ministerio de Obras Públicas, quedó suprimido el cargo de Director General de Ferrocarriles,

DECRETA:

Artículo único. En las faltas accidentales o transitorias del Ministro de Obras Públicas, lo reemplazará en el Consejo Administrativo de los ferrocarriles nacionales el Secretario General del Ministerio.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de octubre de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Obras Públicas,

Alfonso ARAUJO

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