Por el cual se reorganiza una oficina, se crean otras, se fija una asignación y se crea un empleo en el ramo Postal y Telegráfico
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1.º Reorganízase la Oficina Postal y telegráfica de Frontino, servida por un Telegrafista Administrador de Correos, un Ayudante y un Cartero, con las asignaciones mensuales de $ 40, $ 35 y $ 4, respectivamente.
Artículo 2.º Créanse las Oficinas Postales y telegráficas de Chigorodó, Micuro y Turbo (Departamento de Antioquia), cada una con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
chigorodo
| Un Telegrafista Administrador de Correos. | $ 35 |
|---|---|
micuro
| Un Telegrafista Administrador de Correos. | 65 |
|---|---|
| Un Ayudante | 55 |
turbo
| Un Telegrafista Administrador de Correos | 65 |
|---|---|
Artículo 3.º Fijase en $ 60 la asignación mensual del Telegrafista Administrador de Correos de Puerto César.
Artículo 4.º Créase una plaza más de Ayudante de la Oficina Telegráfica de Santa Rosa de Osos, con la misma asignación mensual de las de su clase en aquella Oficina.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de febrero de 1913.
CARLOS E. RESTREPO.
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.