Por el cual se aumentan dos Agentes en la Sección de Policía Nacional acantonada en Cali, dependiente del Ministerio de Obras Públicas (Consejo Administrativo de Ferrocarriles Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Desde el 16 de los corrientes, auméntanse dos Agentes en la Sección de la Policía Nacional, acantonada en Cali, dependiente del Ministerio de Obras Públicas (Consejo Administrativo de Ferrocarriles Nacionales), a que se refiere el Decreto ejecutivo número 391 de 4 de marzo del corriente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 12 de noviembre de 1935.
ALFONSO LOPEZ
Ministro de Gobierno,
Alberto LLERAS CAMARGO
El Ministro de Obras Públicas,
César GARCIA ALVAREZ
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