Por el cual se adiciona el marcado con el número 207 de 1935
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Adiciónase el Decreto número 207 de 1935, en el sentido de asignar para gastos de aseo y desinfección de las Oficinas, y otros gastos menores del Ministerio de Guerra, hasta la cantidad mensual de cien pesos ($ 100) moneda corriente, a partir del día 1° del presente mes.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 13 de julio de 1936.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de. Guerra,
Plinio MENDOZA NEIRA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.