por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos del año económico de 1913

Rango Decreto
Publicación 1913-03-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Decreto número 203 de esta misma fecha, y haciendo uso de la autorización concedida por la Ley número de 1909,

decreta:

Artículo 1.º Trasládase en el Presupuesto Nacional de Gasto del año económico de 1913 la cantidad de treinta y un mil setecientos pesos ($ 31,700), tomada de la siguiente imputación:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 14845 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 36.

Artículo 2.° La partida que se traslada llevará la siguiente imputación:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 14845 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 36 Y 37.

Parágrafo. Las oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de febrero de 1913.

CARLOS E. REBTREPO

El Ministro del Tesoro,

carlos n. ROSALES

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