Por el cual se aumentan doce Agentes en la Sección de Policía Nacional acantonada en Cali, dependiente del Ministerio de Obras Públicas (Consejo Administrativo de Ferrocarriles Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1935-12-20
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Desde el 20 de los corrientes, auméntanse doce Agentes en la Sección de Policía Nacional acantonada en Calí, dependiente del Ministerio de Obras Públicas (Consejo Administrativo de Ferrocarriles Nacionales), a que se refiere el Decreto ejecutivo número 391 de 4 de marzo del corriente año.

Artículo 2° Derogase el Decreto ejecutivo «limero 1984 de 12 de los corrientes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de noviembre de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Alberto LLERAS CAMARGO

El Ministro de Obras Públicas,

César GARCIA ALVAREZ

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