Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 12 de los corrientes, autorizó al Ministro de Hacienda y Crédito Público para hacer algunos traslados en el Presupuesto para atender a algunos gastos urgentes,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense en las apropiaciones ordinarias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes, traslados;
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
| Del capítulo 22, artículo 68. Sueldos del Ministerio | $ | 1,200 | |
|---|---|---|---|
| Del capítulo 24, artículo 74. Sueldos del personal de guardacostas | 2,000 | ||
| Del capítulo 28, artículo 86. Pensiones civiles | 10,000 | ||
| Del capítulo 26, articulo 82. Material de salinas marítimas | 3,800 | ||
| Al capítulo 22, artículo 69. Material del Ministerio | $ | 1,000 | |
| Al capítulo 24, artículo 72. Sueldos de Aduanas | 1,000 | ||
| Al capítulo 22, articulo 76. Muelle de La Machina | 2,000 | ||
| Al capítulo 27, articulo 83. Sueldos de Administraciones y Recaudaciones de Hacienda | 7,000 | ||
| Al capítulo 31, artículo 97. Juicios en defensa de la Hacienda | 1,000 | ||
| Al capítulo 31, artículo 101. Material de Casas de Moneda de Bogotá y Medellín | 5,000 | ||
| Sumas iguales | $ | 17,000 | 17,000 |
| Artículo 2° Hácese en el presupuesto del Departamento de Contraloría el siguiente traslado: DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA CAPITULO 66 Personal y material. Del artículo 332. Viáticos de empleados de la Contraloría General | $ | 550 | |
| --- | --- | --- | --- |
| Al artículo 331. Útiles de escritorio, muebles, publicaciones, formularios, etc. | 550 | ||
| Sumas iguales | $ | 550 | 550 |
| Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 14 de diciembre de 1933. ENRIQUE OLAYA HERRERA El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Esteban JARAMILLO | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 14 de diciembre de 1933. ENRIQUE OLAYA HERRERA El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Esteban JARAMILLO | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 14 de diciembre de 1933. ENRIQUE OLAYA HERRERA El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Esteban JARAMILLO | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 14 de diciembre de 1933. ENRIQUE OLAYA HERRERA El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Esteban JARAMILLO |
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