Por el cual se hacen unas aclaraciones relacionadas con los Decretos números 2072, 2073, 2074 y 2075 de 1930
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1°. Los Decretos números 2072, 2074 y 2075, de fecha 10 de los corrientes, entrarán en vigencia el día 16 de diciembre en Curso.
Artículo 2°. El Decreto número 2073, de la misma fecha, entrará en vigencia el 1° de enero próximo.
Artículo 3°. Aclárase el nombramiento de Auxiliar de la Sección segunda del Ministerio de Obras Públicas hecho por el Decreto número 2075, de 10 de los corrientes, en el sentido de que el nombrado para desempeñar dicho cargo es el señor Julio Cadena, en vez de Juan Cadena.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 12 de diciembre de 1930.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Obras Públicas,
Fabio LOZANO T
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