Por el cual se hace un traslado

Rango Decreto
Publicación 1934-01-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

para material y útiles de escritorio de las oficinas del Ministerio y sus dependencias;

DECRETA:

Artículo único. Trasládase la cantidad de setecientos pesos ($ 700) del artículo 252, capítulo 55, del Presupuesto de la actual vigencia al artículo 185, capítulo 46, del mismo Presupuesto.

Comuníquese a quienes corresponda y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de diciembre de 1933.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Educación Nacional,

Pedro M. CARREÑO

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