Por el cual se fijan el personal y asignaciones para la Sección de Policía Nacional, destinada especialmente a la vigilancia de las Salinas de Zipaquirá
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Desde el 1°de febrero en curso el personal y asignaciones mensuales para la Sección de Policía Nacional, destinada a la vigilancia de las Salinas de Zipaquirá, serán los siguientes:
| Un Comandante | $ | 200 |
|---|---|---|
| Un Subteniente | 90 | |
| --- | --- | |
| Un Agente de primera clase | 65 | |
| Un Secretario Almacenista | 70 | |
| Treinta Agentes de segunda clase a $ 55 cada uno | 1.650 | |
| Un Ordenanza | 20 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de febrero de 1936.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno
Alberto LLERAS CAMARGO
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