Por el cual se crea un cargo en la Procuraduría General de la Nación

Rango Decreto
Publicación 1934-12-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la autorización conferida en el artículo 221 de la Ley 4a de 1913,

decreta:

Artículo único Con imputación si artículo 15 del capítulo 7° de las apropiaciones vigentes, y a partir del 1° del presente mes, créase en la Procuraduría General de la Nación el cargo de Oficial Escribiente, con la asignación mensual de noventa pesos ($ 90).

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 5 de diciembre de 1934.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Darío ECHANDIA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.