Por el cual se ordena una emisión de sellos postales conmemorativos de la II olimpiada nacional

Rango Decreto
Publicación 1935-01-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Por la Litografía Nacional se procederá a la emisión de los siguientes sellos de correos conmemorativos de la III

Olimpíada Nacional:

De dos centavos 200
De cuatro centavos 150
De cinco centavos 350
De siete centavos 50
De ocho centavos 50
De diez centavos 75
De doce centavos 75
Sellos.
De quince centavos 25
De diez y ocho centavos 25,000
De veinte centavos 30,000
De veinticuatro centavos 20,000
De cincuenta centavos 20,000
De un peso 10,000
De dos pesos 8,000
De cinco pesos 5,000
De diez pesos 3

Articulo 2° El Ministerio dé Correos y Telégrafos determinará los dibujos y demás detalles de la emisión en referencia.

Artículo 3° Las especies postales a que se refiere el presente Decreto entrarán en vigencia el día de la inauguración de la III Olimpíada Nacional que se celebrará en Barranquilla en enero de 1935 y no tendrán plazo limitado para su validez.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de diciembre de 1934.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Benjamín SILVA HERRERA

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