Por el cual se disminuye el personal del bote Guarda-costas del Pacífico, i se crea una plaza de Escribiente en la Aduana de Buenaventura

Rango Decreto
Publicación 1875-01-28
Estado Vigente
Departamento SECRETARÍA DE HACIENDA I FOMENTO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

Vistos : El oficio del Administrador-Tesorero de la Aduana de Buenaventura, de fecha 11 del corriente, número 6 ;

El artículo 31 del Código fiscal, i

El Presupuesto nacional en curso (74 a 75),

decreta :

Art. 1.° Suprímense dos de las plazas de Remeros del bote guarda-costas del Pacífico.

Art. 2.° El personal del indicado bote se compondrá de los empleados con las denominaciones i sueldos fijos anuales siguientes :

Un Capitan-Piloto $ 600
Seis remeros, a $360 2,160
$ 2,760

Art. 3.° Créase en la Aduana de Buenaventura una plaza mas de Escribiente, con el sueldo fijo anual de trescientos ochenta i cuatro pesos. ( $ 384.)

Dado en Bogotá, a 26 de enero do 1875.

S.PÉREZ.

El Secretario de Hacienda i Fomento,

Aquileo Parra.

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