por el cual se establece la planta de personal provisional del Instituto Tecnológico de Soledad, Atlántico, ITSA

Rango Decreto
Publicación 1999-12-17
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º. Créanse en la Planta de Personal Provisional del Instituto Tecnológico de Soledad, Atlántico, ITSA, los siguientes cargos:

Nº de Cargos Dependencia y Denominación del Empleo Código Grado
DESPACHO DEL RECTOR DESPACHO DEL RECTOR DESPACHO DEL RECTOR DESPACHO DEL RECTOR
1 (Uno) Rector de Institución Escuela Tecnológica 52 13
1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5040 22
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
1 (Uno) Secretario General de Escuela Tecnológica 185 6
3 (Tres) Asesor 1020 7
2 (Dos) Profesional Universitario 3020 14
1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5040 22
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 16
2 (Dos) Auxiliar de Servicios Generales 5335 12

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Camilo Restrepo Salazar.

El Ministro de Educación Nacional,

Germán Alberto Bula Escobar.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Mauricio Zuluaga Ruiz.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.