Por el cual se distribuye la partida global votada en el artículo 482 del capítulo 66 del presupuesto de la vigencia en curso y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1º Distribuyese en la forma que en seguida se indica, a partir del 1º de marzo del presente año, la partida global de $ 25,000 votada en el artículo 482 del capítulo 66 del Presupuesto de la vigencia en curso, para sueldos del personal de la Escuela Nacional de Medicina Veterinaria:
| Profesor de Clínica Médica, Patología Médica y Jefe de Clínica Médica a $ 200 mensuales, en diez meses | $ | 2,000 |
|---|---|---|
| Profesor de Patología Quirúrgica, Clínica Quirúrgica y Jefe de Clínica Quirúrgica, a $ 200, en diez meses | 2,000 | |
| Profesor de Anatomías primera y segunda, encargado de la formación del museo anatómico de la Escuela, a $ 200, en diez meses | 2,000 | |
| Profesor de Histología, a $ 30, en diez meses | 300 | |
| Profesor de Parasitología primera, a $ 35, en diez meses | 350 | |
| Profesor de Parasitología segunda, a $ 35, en diez meses | 350 | |
| Profesor de Botánica Aplicada, a $ 30, en diez meses | 300 | |
| Profesor de Física, a $ 35, en diez meses | 350 | |
| Profesor de Química, a $ 40, en diez meses | 400 | |
| Profesor de Fisiología, a 8 35, en diez meses | 350 | |
| Profesor de Patología general, a $ 30 | 300 | |
| Profesor de Bacteriología, a $ 35, en diez meses | 350 | |
| Profesor de Maternidad médica y farmacia, a $ 30, en diez meses | 300 | |
| Profesor de Zootecnia general, a $ 35, en diez meses | 350 | |
| Profesor de Zootecnia especial (razas), a $ 35, en diez meses | 350 | |
| Profesor de Terapéutica, a $ 35, en diez meses | 350 | |
| Profesor de Anatomía Patológica, a. $ 30, en diez meses | 300 | |
| Profesor de Clínica general, a $ 30, en diez meses | 300 | |
| Profesor de Cirugía y Técnica operatoria, a $ 35, en diez meses | 350 | |
| Profesor de Obstetricia y Embriología, a $ 30, en diez meses | 300 | |
| Profesor de Podologia y exterior, a $ 30, en diez meses | 300 | |
| Profesor de Enfermedades Infecciosas, a $ 35, en diez meses | 350 | |
| Profesor de Higiene y Legislación, a $ 30, en diez meses | 300 | |
| Profesor de Inspección de carnes y-leches, a $ 30, en diez meses | 300 | |
| Profesor de Bromatologia, a $ 35, en diez meses | 350 | |
| Profesor de Clínica de enfermedades infecciosas, a $ 35, en diez meses | 350 | |
| Profesor de Equitación, a $ 30, en diez meses | 300 | |
| Profesor de Industria animal, a $ 30, en diez meses | 300 | |
| Preparador de Bacteriología, a $ 15, en diez meses | 150 | |
| Preparador del Laboratorio de infecciosas, en diez meses | 150 | |
| Preparador de Anatomía, a $ 15, en diez meses | 150 | |
| Preparador de-Histología y Anatomía Patológica, en diez meses | 150 | |
| Preparador del Laboratorio de Parasitología, en diez meses | 150 | |
| . | $ | 14,950 |
Articulo 2º Los sueldos del Rector, del Secretario, del Jefe del labortorio de enfermedades infecciosas y del Ayudante Almacenista, de la Escuela de Veterinaria asignados en el Decreto número 111 de 1936, se sacarán de esta misma partida, asi como también los sueldos de vacaciones, a que tienen derecho los profesores (le la escuela hasta el 29 de febrero de] año en curso.
Artículo 3º Los Profesores de Clínica Médica, Clínica Quirúrgica y de Anatomías, serán escogidos por el Gobierno, de ternas que presente el Consejo Directivo de la Escuela Nacional de Medicina Veterinaria y prestarán sus servicios permanentemente en las horas que les designe el Rector de la misma. Los demás profesores serán nombrados directamente por el Poder Ejecutivo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 12 de febrero de 1930.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Agricultura y Comercio,
Francisco RODRIGUEZ MOYA
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