por el cual se deroga el Decreto número 2309 del 19 de noviembre de 1999

Rango Decreto
Publicación 1999-12-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades Constitucionales y legales, especialmente las contenidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 2309 del 19 de noviembre de 1999, se confirió autorización para aceptar una invitación al doctor Enrique Camacho Matamoros, Presidente del Instituto de Fomento Industrial, IFI, para asistir a la Junta Directiva de Monómeros Colombo-Venezolanos, que se llevaría a cabo en la ciudad de Caracas (Venezuela), el día 23 de noviembre de 1999;

Que mediante oficio del 25 de noviembre de 1999, se informó que el doctor Enrique Camacho Matamoros, no pudo asistir a la Junta Directiva de Monómeros Colombo- Venezolanos, por haber sido citado al Congreso de la República de Colombia;

Que por esta razón debe procederse a derogar el Decreto número 2309 del 19 de noviembre de 1999,

DECRETA:

Artículo 1°. Derógase el Decreto número 2309 del 19 de noviembre de 1999, "por el cual se confiere una autorización para aceptar una invitación" al doctor Enrique Camacho Matamoros, Presidente del Instituto de Fomento Industrial, IFI.

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Desarrollo Económico,

Jaime Alberto Cabal Sanclemente.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.