Por el cual se confiere una autorización al Ministro de Gobierno
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando
Que con frecuencia los empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público tienen que trasladarse de un lugar a otro del país en desempeño de sus funciones y hay necesidad de fijarles viáticos.
Que no figurando en la Ley de Apropiaciones un artículo especial que determine la fijación y pago de viáticos a los empleados de que trata el anterior considerando, y no existiendo ninguna otra disposición legal que llene este vacío.
decreta:
Artículo único. Autorízase al Ministro de Gobierno, para que por medio de resoluciones fije y ordene pagar los viáticos a que tengan derecho los empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público qué tengan que trasladarse de un lugar a otro del país, en desempeño de sus funciones.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 23 de octubre de 1936.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Alberto LLERAS CAMARGO
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