Por el cual se reorganiza una oficina y se crea otra en el ramo Postal y Telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1913-04-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1.º Reorganízase la Oficina Postal y Telegráfica de Micuro, servida por un Telegrafista Administrador de Correos, con la asignación mensual de $ 35.

Artículo 2.º Créase la Oficina Postal y Telegráfica de Vijagual (Departamento de Antioquia), con el personal y asignaciones mensuales siguientes:

Un Telegrafista Administrador de Correos, $ 65
Un Ayudante 55

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de marzo de 1913.

CARLOS E. RESTREPO.

El Ministro de Gobierno,

pedro m. CARREÑO.

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