Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con la Sociedad de Amigos del Arte
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que por iniciativa particular y de la Dirección Nacional de Bellas Artes, se fundó en la capital de la República la Sociedad de Amigos del Arte, con filiales en los Departamentos;
Que de acuerdo con las Leyes 48 de 1918 y 12 de 1934, el Gobierno Nacional debe estimular estos centros de estudios,
DECRETA:
Artículo único. El Ministerio de Educación Nacional prestará a la Sociedad de Amigos del Arte de Bogotá y filiales de los Departamentos, el apoyo oficial necesario para la propaganda o difusión cultural y dentro de las atribuciones legales contribuirá a su mayor desarrollo y ensanche.
Publíquese y comuníquese.
Dado en Bogotá a 15 de febrero de 1936.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Educación Nacional.
Darío ECHANDIA
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