Por el cual se distribuye la partida para el sostenimiento de las escuelas del Caquetá y Putumayo

Rango Decreto
Publicación 1931-03-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Distribuyese la suma de $ 26,49,6, que figura en el artículo 347 del capítulo 54 del Presupuesto de la actual vigencia, para el sostenimiento de las escuelas del Territorio Escolar del Caquetá y Putumayo, de la siguiente manera:

Anual.
Del Inspector Escolar, a $ 48 mensuales $ 576
De treinta escuelas, a $ 40 mensuales cada una 14,400
De trece escuelas, a $ 35 mensuales cada una 5,460
De una escuela, a $ 30 mensual 360
De diez y nueve escuelas, a $ 25 mensuales cada una 5,700
Suma $ 26,496

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de febrero de 1931.

ENRIQUE OLAYA. HERRERA

El Ministro de Educación Nacional, Abel CARBONELL.

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