Por el cual se reconocen unas sumas a la Embajada de Colombia ante la Santa Sede, a la Legación de Colombia en Lima y a la Legación de Colombia en Panamá, para la compra de muebles, máquinas de escribir, etc., para las mencionadas Legaciones
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1º De acuerdo con la autorización concedida al Ministerio de Relaciones Exteriores por el Consejo Directivo de la Sección de Provisiones del Gobierno Nacional, de fecha 15 del mes en curso, reconócense las siguientes sumas:
A la Embajada de Colombia ante la Santa Sede, la suma de U. S. $ 648, para atender a la compra de una máquina de escribir y algunos muebles para uso de dicha Embajada.
A la Legalización de Colombia en Lima, la suma de US$ 200, para compra de armarios de acero para los archivos de la mencionada Legalización.
A la Legalización de Colombia en Panamá, la suma de US$ 120, para compra de una máquina de escribir para el servicio de dicha oficina.
Artículo 2° Los gastos reconocidos por medio del presente Decreto se imputarán al capítulo 19, artículo 70, del presupuesto de Relaciones Exteriores de la actual vigencia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de febrero de 1936.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores.
E.GONZALEZ PIEDRAHITA
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