Por el cual se autoriza a la Dirección de la Escuela Militar para abrir un curso especial compuesto de Oficiales en servicio activo

Rango Decreto
Publicación 1908-03-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia

DECRETA:

Artículo 1.° Autorízase á la Dirección de la Escuela Militar para abrir un curso especial de cuatro meses, al que ingresarán Oficiales del Ejército en servicio activo;

Artículo 2.° El Ministerio de Guerra llamará por telégrafo para dicho curso á dos Oficiales por cada Cuerpo y uno por cada Compañía suelta. Además destinará del Estado Mayor y de otros cuarteles generales los que juague conveniente hasta completar cuarenta alumnos.

Artículo 3.° Los Oficiales que á juicio de la Dirección de la Escuela no tengan aptitudes para continuar el curso con provecho serán dados de baja del Ejército.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 21 de Marzo de 1908

R. REYES

El Ministro de Guerra,

victor CALDERON R.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Dominio público (textos oficiales del Estado, libre reproducción)