por el cual se crea un puesto en la Agencia de Ejecuciones Fiscales de los ramos Postal y Telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1915-03-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que teniendo el Agente de Ejecuciones Fiscales de los ramos Postal y Telegráfico el carácter y funciones de juez, no es posible que pueda actuar sin el concurso de un secretario que autorice y cumpla sus resoluciones;

Que el código judicial determina la manera como debe llevarse a cabo el procedimiento en toda clase de juicios, y allí se expresan funciones que sólo el secretario puede desempeñar, tocando a éste, además, según el artículo 1834 del mismo código, suscribir todo auto o sentencia que se dicte,

decreta:

Créase el puesto de secretario del Agente de Ejecuciones Fiscales de los ramos postal y telegráfico, con la. asignación mensual de cuarenta pesos ($ 40) oro, empleo que será provisto por el mencionado Agente, con aprobación del Inspector General de Correas y Telégrafos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de febrero de 1915.

jose vicente concha

El Ministro de Gobierno.

miguel ABADIA MENDEZ

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