Por el cual se distribuye una partida

Rango Decreto
Publicación 1931-03-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Distribúyese la suma de doce mil quinientos setenta y seis pesos ($ 12,576), votada en el artículo 349 del capítulo 54 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, de la siguiente manera:

Territorio Escolar del Chocó.

Parágrafo 1° Del Director de instrucción Pública de la Intendencia, a $ 120 mensuales, en el año $ 1,440
Parágrafo 2° Del Inspector Escolar de la Misión, a $ 48 mensuales, en el año 576
Parágrafo 3° Hasta de diez escuelas dependientes de la Misión, a $ 40 mensuales cada una, en el año $ 4,800
Parágrafo 4° Hasta de diez escuelas, dependientes de la Misión, a $ 32 mensuales cada una, en el año 3,840
Parágrafo 5° Hasta de cuatro escuelas dependientes de la Prefectura Apostólica Provincial de Urabá, a $ 40 mensuales cada una, en el año 1,920
Total $ 12,576

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de febrero de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Educación Nacional, Abel CARBONELL.

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