Por el cual se suprimen dos empleos, se crean otros dos en el Ramo Postal y se fija una asignación

Rango Decreto
Publicación 1910-04-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1.° Suprímese los empleos de Ayudante de la Administración de Correos de Jericó, Departamento del mismo nombre, y el de Ayudante de la Sección de Encomiendas Postales de la Agencia Postal de Barranquilla.

Artículo 2.° Créase una plaza de Ayudante de la Administración de Correos de Magangué, con la asignación mensual de treinta pesos ($ 30), y el puesto de Archivero de la Agencia Postal de Barranquilla, con la asignación de treinta y cinco pesos ($ 35), también mensuales.

Artículo 3.° El sueldo del Administrador de Correos de Magangué será se sesenta pesos ($ 60) mensuales, en atención al recargo de trabajo que tiene ésta oficina.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 22 de Abril de 1910.

RAMON GONZALEZ VALENCIA

El Ministro de Gobierno,

miguel ABADIA MENDEZ

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