Por el cual se distribuye una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. Distribúyese la partida de $ 15,456 que figura en el artículo 361 del capítulo 54 del Presupuesto de la actual vigencia, para el sostenimiento en el presente año de las escuelas del Territorio Escolar de San Martín, de la manera siguiente:
| Del Inspector Escolar | $ 12 | 48 | 576 |
|---|---|---|---|
| De diez escuelas, a $ 40 mensuales cada una | 12 | 400 | 4,800 |
| De veinticuatro escuelas, a $ 35 mensuales, cada una | 12 | 840 | 10,080 |
| Sumas | $ | 1,288 | 15,456 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de febrero de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Educación Nacional,
Abel CARBONELL
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