Por el cual se crean unos puestos transitorios en el ramo de Correos

Rango Decreto
Publicación 1922-04-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° De conformidad con la autorización del artículo 3° de la Ley 121 de 1919, créase con. carácter transitorio el puesto de Ayudante de Almacenista del Departamento de Encomiendas Postales del Exterior de la Administración General de Correos, con la asignación mensual de treinta pesos ($ 30); y el de Guarda del mismo Departamento, con la asignación mensual de veinticinco pesos ($ 25), también coa el carácter de transitorio.

Artículo 2° Nómbrase para desempeñar los puestos de que trata el artículo anterior a los señores Luidina Ferrer y Miguel Vánegas, en su orden.

Artículo 3° Por el señor Ministro del Tesoro se dictarán las órdenes necesarias a fin de que los sueldos anteriores se incluyan en la liquidación del Presupuesto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1° de abril de 1922.

JORGE HOLGUIN-El Ministro de Gobierno, Víctor M. SALAZAR.

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