Por el cual se fijan el personal y asignaciones de la Policía Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de la facultad que le confiere la Ley 3ª de 1930,
DECRETA:
Artículo 1°. Desde el l ° de marzo en curso en adelante, el personal y asignaciones de la
Policía Nacional serán los siguientes:
Artículo 2°. Queda derogado, el Decreto número120 de 22 de enero del comente año, por el cual se fijó el personal y las asignaciones de la Policía Nacional.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de marzo de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA.
El Ministro de Gobierno,
Carlos E. RESTREPO
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