por el cual se crean dos Oficinas en el ramo Postal y Telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1912-04-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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por el cual se cran dos Oficinas en el ramo Postal y Telegráfico.

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Créanse las Oficinas Postales y Telegráficas de Belén (Departamento de Caldas y Sucre (Departamento del Huila), cada una con el siguiente personal y asignaciones mensuales:

Belén:
Un Telegrafista Administrador de Correos $ 20
Un Cartero 2
Sucre.
Un Telegrafista Administrador de Correos 25
Un Cartero 3

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de abril de 1912.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

pedro m. CARREÑO

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