Por el cual se crea una Oficina Postal y Telegráfica
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta :
Artículo 1.° Créase la Oficina Postal y Telegráfica de Aguabonita, Corregimiento del Municipio de Manzanares, en el Departamento de Caldas, con el personal y asignaciones mensuales que en seguida se expresan
| Un Telegrafista Administrador de Correos con | $ | 54 |
|---|---|---|
| Un Cartero, con | 6 | |
| --- | --- | --- |
| Para gastos de alumbrado | 3 | |
| --- | --- | --- |
| Para útiles de escritorio | 2 | |
| --- | --- | --- |
Artículo 2.° Nómbrase a la señorita Lucrecia Márquez, para desempeñar el cargo de Telegrafista Administradora de Correos de Aguabonita, que se crea por el artículo anterior.
Artículo 3.° Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputaran al capítulo 58, artículo 748, del Presupuesto vigente, en lo que a personal se refiere, y al capítulo 57, articuló 736 del mismo Presupuesto, lo que corresponde a gastos de alumbrado y útiles de escritorio.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de marzo de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Correos y Telégrafos,
José Jesús GARCIA
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