Por el cual se suprime una oficina, se crea otra y se hacen dos nombramientos en el ramo de Correos
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo 1.° Suprímese en la Administración General de Correos Nacionales la Oficina Central del departamento de Giros Postales, y créase en la misma Administracion el departamento de Custodia y Distribución de Rezagos de Encomiendas, Valores, Correspondencia, Utiles, etc., con el siguiente personal y las asignaciones mensuales que se expresan:
Un Jefe, con noventa pesos ($ 90).
Un Ayudante, con treinta pesos ($ 30).
Artículo 2.° Para Jefe y Ayudante, en su orden, del departamento de que trata el artículo precedente, nómbrase al señor Manuel M. Ferreira y a la señorita Paulina Villamil.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de marzo de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, miguel ABADIA MENDEZ.
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