Por el cual se fijan los derechos que deben pagarse en la ciudad del Socorro por casilla de apartado postal

Rango Decreto
Publicación 1915-01-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus atribuciones legales, y

considerando

que se ha establecido recientemente servicio de apartados postales en la ciudad del Socorro.

decreta:

Fíjase en tres pesos ($ 3) anuales el valor de los derechos que deben pagarse en la ciudad del Socorro por cada casilla de apartado postal.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de enero de 1915.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Instrucción Pública encargado del Despacho de Gobierno,

EMILIO FERRERO

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