Por el cual se abren varios créditos extraordinarios a la Ley de Apropiaciones para el año de 1924
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y teniendo en cuenta que después de cumplidas las formalidades establecidas por la Ley 34 de 1923, el honorable Consejo de Ministros aprobó la apertura de los créditos extraordinarios de $ 27,850 y $ 6,106-68, solicitados, respectivamente, por tos Ministerios de Guerra y de Industrias, para los objetos que adelante se indican,
decreta:
Artículo 1° Abrense á la Ley de Apropiaciones .para el año de 1924, los siguientes créditos extraordinarios:
Servicio de 1924.
MINISTERIO DE GUERRA
CAPITULO 41
| Artículo 39 9. Para aumento de los gastos de personal de la flotilla fluvial de guerra | $9,450 |
|---|---|
| Artículo 400,Para aumentó de los gastos de material de la flotilla fluvial de guerra | 18.400 |
| --- | --- |
MTNISTERIO DE INDUSTRIAS
CAPITULO 45
Gastos varios.
| Articulo 427 A. Para atender a los gastos que demanda la Oficina General del Trabajo, creada por la Ley 83 de 1923, por lo que respecta al tiempo que falta del presente año | $6.166 68 |
|---|---|
| Suman | 34,016.68 |
Artículo 2° En la debida oportunidad se dará cumplimiento, respecto de los créditos anteriores, a lo dispuesto en el artículo 34 de la citada. Ley 34 de 1923.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de marzo de 1924.I
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Aristóbulo ARCHILA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.