Por el cual se organiza la administración de los trabajos del camino nacional de Las Delicias
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1º En adelante los trabajos de conservación y mejora de la vía nacional de Las Delicias, es-tarán al cuidado de un Ingeniero Administrador con sueldo mensual de doscientos pesos ($ 200), empleado que llenará su cometido de acuerdo con las instrucciones que le comunique el Ministerio del ramo.
Parágrafo. Nómbrase para desempeñar tal cargo al señor Ingeniero Manuel Muñoz.
Artículo 2° El señor Francisco Casas, continuará desempeñando las funciones de Tesorero de esa obra con el seguro vigente; y tendrá como asignación mensual la suma de sesenta pesos ($ 60), mediante la obligación de pagar personalmente los jornales y cuentas por materiales y demás gastos.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de marzo de 1926.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Laureano GOMEZ.
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