por el cual se establece la Planta de Personal de la Superintendencia del Subsidio Familiar
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le señala el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º. Las funciones propias de la Superintendencia del Subsidio Familiar, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
DESPACHO SUPERINTENDENTE
| Número de cargos | Denominación del empleo | Código Grado |
|---|---|---|
| 1 (Uno) | Superintendente | 0030-23 |
| 1 (Uno) | Asesor | 1020-10 |
| 2 (Dos) | Secretario Ejecutivo | 5040-22 |
| 1 (Uno) | Auxiliar de Servicios Generales | 5335-15 |
| 1 (Uno) | Conductor Mecánico | 5310-17 |
| PLANTA GLOBALIZADA | PLANTA GLOBALIZADA | PLANTA GLOBALIZADA |
| 1 (Uno) | Secretario General de Superintendencia | 0037-19 |
| 4 (Cuatro) | Jefe de División | 2040-25 |
| 4 (Cuatro) | Jefe de Oficina | 2045-25 |
| 9 (Nueve) | Profesional Especializado | 3010-20 |
| 5 (Cinco) | Profesional Especializado | 3010-18 |
| 9 (Nueve) | Profesional Especializado | 3010-16 |
| 4 (Cuatro) | Profesional Universitario | 3020-13 |
| 1 (Uno) | Profesional Universitario | 3020-10 |
| 1 (Uno) | Programador de Sistemas | 4060-17 |
| 2 (Dos) | Técnico Administrativo | 4065-17 |
| 2 (Dos) | Técnico Administrativo | 4065-15 |
| 6 (Seis) | Secretario Ejecutivo | 5040-19 |
| 2 (Dos) | Auxiliar Administrativo | 5120-18 |
| 4 (Cuatro) | Auxiliar de Servicios Generales | 5335-17 |
| 1 (Uno) | Conductor Mecánico | 5310-17 |
| 1 (Uno) | Auxiliar de Servicios Generales | 5335-15 |
Artículo 2º. El Superintendente, mediante resolución, distribuirá los cargos a que se refiere el presente Decreto, de conformidad con la estructura orgánica, las necesidades del servicio, funciones, requisitos y responsabilidades de cada empleo, y en un todo con los planes y programas diseñados por la entidad.
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que sean contrarias, en especial, el Decreto número 594 de marzo 30 de 1993.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 18 de marzo de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
Orlando Obregón Sabogal.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Eduardo González Montoya.
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