Por el cual se reforma el Decreto número 23 del año en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. La reducción de los sueldos de que trata el Decreto número 23 del año en curso, empezara a hacerse a los Jueces Superiores y de Circuito el día 1.° de julio de 1915, fecha en que comienza el nuevo período de estos empleados.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de marzo de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro del Tesoro,
JORGE VELEZ
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