Por el cual se aprueba el número 30 de 1921, de la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, sobre Presupuesto de rentas y gastos para la vigencia en curso
El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo,
en uso de sus facultades legales y vistos los informes rendidos por los Ministerios de Hacienda, Instrucción Pública y Obras Públicas,
decreta:
Artículo único. Apruébese en todas sus partes el siguiente Decreto:
"Decreto número 30 de 1921 (septiembre 13), por al cual se fija el Presupuesto de renta y gastos de la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, para el período fiscal de 1º de enero a 31 de diciembre de 1922 El Intendente Nacional de San Andrés y Providencia, en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1º Fíjanse los cómputos líquidos del Presupuesto especial de rentas de la Intendencia para él período fiscal de 1º de enero a 31 de diciembre de 1922, en la cantidad de treinta y cinco mil ochocientos cincuenta y nueve pesos ($ 35,859), así:
Artículo 2º Fíjanse los cómputos del Presupuesto especial de gastos de la Intendencia, para el período fiscal de 1º de enero a 31 de diciembre de 1922, en la cantidad de treinta y cinco mil ochocientos cincuenta y nueve pesos ($ 35,859), así:
Artículo 3º Los créditos conforme los cuales deben reconocerse los derechos de los acreedores y expedirse las correspondientes órdenes de pago, se sujetarán a la siguiente liquidación.
Artículo 4º Sométase este Decreto a la censura fiel Poder Ejecutivo, por conducto de los señores Ministros de Gobierno, Hacienda, Instrucción Pública y Obras Públicas.
Dado en San Andrés a trece de septiembre de mil novecientos veintiuno.
Manuel M. Leal-John Archbold, Secretario."
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de abril de 1922.
JORGE HOLGUIN-El Ministro da Gobierno, Víctor M. SALAZAR.
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