por el cual se crea un empleo y una Oficina y se reorganizan otras en el ramo Postal y Telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1914-06-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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Postal y Telegráfico.

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1.° Créase una plaza más de Ayudante en la Oficina Telegráfica de Tunja, con la misma asignación mensual de las de su clase, y la Oficina Postal y Telegráfica de Santa Ana (Departamento de Boyacá), servida por un Telegrafista Administrador de Correos y un Cartero, con las de $ 22 y $ 2, respectivamente.

Artículo 2.° Reorganízanse las Oficinas Postales y Telegráficas de San Francisco y Subachoque (Departamento de Cundinamarca), cada una con el personal y asignaciones mensuales siguientes:

San Francisco. San Francisco.
Un Telegrafista Administrador de Correos, con $ 23
Un Cartero, con 3
Subachoque. Subachoque.
Un Telegrafista Administrador de Correos, con $ 40
Un Ayudante, con 30
Un Cartero, con 3

El presente Decreto empezará a regir el 1.° de junio próximo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de mayo de 1914.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

Clodomiro Ramirez

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